Estabilidad laboral durante el embarazo: una deuda pendiente para la igualdad de género - Mexico Social

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Estabilidad laboral durante el embarazo: una deuda pendiente para la igualdad de género

En México la estabilidad laboral de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo es un derecho humano fundamental, reconocido y protegido tanto en la Constitución como en tratados internacionales. Sin embargo, a pesar de avances jurídicos y jurisprudenciales, persisten obstáculos estructurales, culturales y normativas que dificultan el pleno ejercicio de este derecho. El documento elaborado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación “Apuntes sobre igualdad de género. Estabilidad laboral en el embarazo”, visibiliza cómo la discriminación laboral por razones de embarazo sigue siendo una de las formas de violencia más normalizadas y menos denunciadas en el ámbito laboral, lo que perpetúa desigualdades de género y limita el acceso a otros derechos como la salud, la seguridad social y una vida digna.

Autora: Ana Luisa Nerio Monroy[1]

El texto parte de reconocer que la estabilidad laboral es la garantía de permanencia de las personas trabajadoras en sus empleos, salvo causa justificada. En el caso de las mujeres y personas gestantes, esta protección se refuerza por su situación de vulnerabilidad y por los riesgos de discriminación asociados a roles de género tradicionalmente asignados. Desde la Constitución de 1917 se reconocen derechos específicos para trabajadoras embarazadas, como la prohibición de tareas peligrosas, licencias de maternidad y la conservación del empleo.

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) muestra cifras alarmantes: casi el 28% de mujeres en México ha enfrentado violencia laboral, situando el empleo como un ámbito de reproducción de desigualdades. Entre las expresiones más frecuentes se encuentran despidos injustificados, solicitudes de pruebas de embarazo como requisito de contratación o la reducción de salario y prestaciones. Además, estos impactos son más profundos en personas que enfrentan discriminaciones interseccionales, como mujeres indígenas, personas con discapacidad o quienes tienen orientaciones sexuales e identidades de género no heteronormativas.

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Desde un enfoque de derechos humanos, el documento explica que la discriminación por embarazo no solo vulnera el derecho al trabajo digno, sino que también afecta la igualdad sustantiva, ya que limita las oportunidades de desarrollo de quienes deciden gestar. Por ello, la SCJN ha establecido criterios claros para juzgar con perspectiva de género. Entre ellos destaca la carga probatoria invertida: corresponde a la parte empleadora demostrar que un despido no está relacionado con el embarazo. Asimismo, la Corte ha reconocido que el escrito de renuncia firmado por una persona embarazada no es suficiente para acreditar una renuncia voluntaria, pues debe analizarse el contexto de posible coacción o violencia estructural.

El documento enfatiza la relevancia de utilizar un lenguaje incluyente que reconozca que no solo las mujeres cisgénero pueden embarazarse, sino también personas con identidades de género diversas, como hombres trans y personas no binarias. Este reconocimiento es un paso indispensable para garantizar la igualdad de derechos y visibilizar experiencias de discriminación que, históricamente, han permanecido invisibles.

En términos prácticos, el texto ofrece herramientas legales para la defensa de los derechos laborales en casos de despido por embarazo. Por ejemplo, se explica la ruta de conciliación prejudicial y los plazos para presentar demandas ante tribunales laborales, subrayando el deber de las y los juzgadores de aplicar estándares de derechos humanos, desechar estereotipos de género y dictar medidas cautelares que garanticen la restitución de derechos.

Conclusiones

Los apuntes de la Suprema Corte dejan claro que la estabilidad laboral durante el embarazo es más que una protección individual: es un mecanismo estructural para cerrar brechas de desigualdad de género y para garantizar el acceso a una vida libre de violencia y discriminación. No obstante, su efectividad depende de la implementación adecuada de la legislación, la vigilancia por parte de autoridades laborales y la conciencia social de que la maternidad y la gestación no deben ser penalizadas ni representar obstáculos en el ámbito laboral.

Aún persisten retos importantes: fomentar la denuncia, fortalecer la cultura de la no discriminación en los centros de trabajo y asegurar que los órganos jurisdiccionales juzguen con verdadera perspectiva de género e interseccionalidad. Para avanzar hacia una sociedad igualitaria e incluyente, es imprescindible que la estabilidad laboral de las mujeres y personas gestantes sea una realidad tangible, libre de prácticas discriminatorias que perpetúan la exclusión.

Garantizar la estabilidad laboral en el embarazo es un paso crucial para hacer efectivo el derecho al trabajo digno, proteger la maternidad y la gestación como condiciones que no deben traducirse en vulnerabilidad, sino en una oportunidad de reafirmar el compromiso social con la igualdad sustantiva y la no discriminación.

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Bibliografía consultada:

Suprema Corte de Justicia de la Nación “Apuntes sobre igualdad de género. Estabilidad laboral en el embarazo”, disponible en https://www.scjn.gob.mx/derechoshumanos/sites/default/files/Publicaciones/archis/2024-07/Apuntes-sobre-igualdad-de-genero-Estabilidad-Laboral-en-elembarazo.pdf

[1] Maestra en RRII por la FCPyS-UNAM, con estudios especializados en derechos humanos, género y no discriminación. Autora de “La No Maternidad Elegida: ¡Mujeres que deciden no ser madres y son felices!”, editado por Casa Bonsai. Con trayectoria laboral en el sector social y público. Integrante del Consejo Asesor del Comité de Derechos Humanos Ajusco A.C.  Twitter: @aluisanerio; IG @nerio_analuisa. Opiniones a título personal.

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