Inteligencia artificial en el trabajo
Un nuevo estudio advierte que las directrices éticas sobre inteligencia artificial suelen ser generales y voluntarias. Las normas internacionales del trabajo ofrecen una base para abordar sus efectos sobre la contratación, la vigilancia y la evaluación del desempeño, e incorporar derechos colectivos que reciben poca atención en el debate tecnológico.
México social/ Redacción
La incorporación de inteligencia artificial a las decisiones laborales plantea preguntas que afectan directamente a quienes buscan o conservan un empleo: qué información se utiliza para evaluarles, cómo se determina su desempeño y quién responde cuando un sistema produce decisiones injustas. Un nuevo estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) examina cómo las normas laborales pueden orientar el uso de estas tecnologías y fortalecer la protección de los trabajadores.
Te invitamos a leer: México: el derecho a ser atendido y escuchado
El documento, Ética de la IA y sistema de normas internacionales del trabajo de la OIT: exploración de sinergias, elaborado por Jordi Agustí-Panareda y Daniel Samaan, parte de una dificultad: numerosas directrices sobre inteligencia artificial establecen principios generales, pero ofrecen pocas orientaciones para resolver situaciones concretas en los centros de trabajo. Muchas, además, tienen carácter voluntario.
Los autores identifican en el sistema normativo de la OIT una referencia para dar contenido laboral a esos principios. Su propuesta consiste en aprovechar los derechos y valores desarrollados en torno al trabajo para examinar cómo se diseñan, introducen y utilizan herramientas capaces de influir en las oportunidades y condiciones de empleo.
El análisis compara cinco principios habituales de la ética de la inteligencia artificial: justicia, beneficencia, no maleficencia, autonomía y explicabilidad. Estos remiten, respectivamente, a la equidad, la generación de beneficios, la prevención de daños, la capacidad de decisión de las personas y la posibilidad de comprender el funcionamiento y los resultados de los sistemas.
El estudio encuentra coincidencias importantes con las normas laborales, particularmente en la defensa de la dignidad humana, el bienestar y la prevención de perjuicios. También identifica una diferencia decisiva: mientras buena parte del debate tecnológico privilegia la autonomía individual, la privacidad y la transparencia, el marco de la OIT incorpora la libertad sindical, la negociación colectiva y el diálogo social.
Estas dimensiones permiten discutir quién participa en las decisiones sobre la transformación tecnológica. Para los trabajadores, conocer que una empresa utiliza inteligencia artificial es apenas una parte del problema. También importa contar con representación para examinar cómo cambiarán las condiciones laborales y qué mecanismos de protección acompañarán esos cambios.
Según los investigadores, los derechos colectivos suelen estar ausentes de los principales debates sobre ética de la IA. Esa omisión limita la discusión, porque la introducción de tecnología puede modificar la organización del trabajo y afectar simultáneamente a grupos enteros de personas.
La selección de candidatos y la evaluación del desempeño ilustran los desafíos. Cuando interviene un sistema de inteligencia artificial, resulta esencial comprender qué datos utiliza y cómo contribuye a la decisión. Sin esa información, se dificulta examinar la equidad del procedimiento y determinar responsabilidades por sus resultados.
La recopilación de datos personales, la vigilancia y la gestión algorítmica constituyen otros ámbitos que requieren atención. El estudio plantea que estas prácticas deben analizarse desde sus consecuencias sobre los derechos laborales. La capacidad técnica para reunir y procesar información sobre una persona no resuelve, por sí misma, las preguntas sobre la legitimidad de su uso en una relación de trabajo.
Los autores proponen una relación de aprendizaje mutuo. Las normas laborales pueden dar orientación concreta a la gobernanza de la inteligencia artificial; a su vez, los problemas que plantea esta tecnología pueden ayudar a revisar y enriquecer la aplicación de esas normas en entornos cambiantes.
La estructura tripartita de la OIT ofrece un espacio para ese diálogo al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores. Su contribución consiste en incorporar a la discusión tecnológica asuntos como las condiciones de empleo, la representación colectiva y la justicia social, junto con los aspectos técnicos de los sistemas.
El estudio no presenta una regulación nueva ni resuelve todas las controversias. Plantea una agenda de investigación y diálogo para que la transformación tecnológica tenga como referencia a las personas y sus derechos. Su aportación central es situar las decisiones sobre inteligencia artificial dentro de las relaciones laborales: allí donde sus beneficios, riesgos y responsabilidades adquieren consecuencias concretas para la vida de los trabajadores.
También podría interesarte: Solo el 15% en la Unión Europea conoce el vínculo entre alcohol y cáncer de mama
Fuente: OIT Noticias, a partir del estudio de Jordi Agustí-Panareda y Daniel Samaan.
| ¿Por qué necesitamos su ayuda? Porque somos una organización independiente, libre de la influencia de cualquier gobierno, corporación o partido político. Desde el día que empezamos, hemos enfrentado presiones. Dependemos de su generosa contribución. Juntos, podemos seguir difundiendo la verdad. Ayúdenos a difundir la verdad, comparta este artículo con sus amigos. |
Más de un tercio de las personas trabajadoras en las Américas ha sufrido violencia o…
Con la muerte de Cuauhtémoc Cárdenas, México pierde una figura cuya autoridad moral se fundó…
La OIT advierte que la inseguridad económica y las dificultades para denunciar aumentan la exposición…
La concentración atmosférica de dióxido de carbono llegó a 426.8 partes por millón en 2025,…
En la galería, en la calle, en el móvil. El arte de hoy está en…
El reporte para noviembre de 2026 a enero de 2027 anticipa temperaturas superiores a lo…
Esta web usa cookies.